Preguntas Frecuentes

¿Qué son las regalías?

 

Según lo establece la Constitución Política de Colombia de 1991 en su Artículo 360, “La explotación de un recurso natural no renovable causará, a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte.” 

 

Según la sentencia C-221 de1997 de la Corte Constitucional de Colombia el término "recursos naturales no renovables" proviene de ámbitos técnicos como la ecología y la economía. Se refiere a elementos que existen en la naturaleza y que no han sido creados por la acción humana, pero que resultan fundamentales para diversas actividades productivas. 

 

Dentro de esta categoría, los recursos naturales se dividen generalmente en dos tipos: renovables y no renovables. Los renovables son aquellos que la propia naturaleza puede regenerar a través de ciclos naturales, como los biológicos, lo que permite su disponibilidad continua en el tiempo. En cambio, los recursos no renovables tienen una característica particular: están presentes en la Tierra en cantidades limitadas y no se reponen de forma natural a corto o mediano plazo. 

 

Por lo tanto, cuando estos últimos se consumen, su disponibilidad disminuye de manera irreversible, lo que los convierte en recursos finitos cuya explotación debe manejarse con especial precaución. 

 

 

¿Qué es el Sistema General de Regalías (SGR)?

 

De acuerdo con lo establecido en el Articulo 1 de la ley 2056 de 2020; el Sistema General de Regalías (SGR) es el conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones mediante el cual se administra y distribuye de manera equitativa los recursos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables en Colombia. 

 

 

¿Cuál es el objetivo del Sistema General de Regalías?

 

Su objeto principal según el Articulo 1 de la ley 2056 de 2020 es, definir la distribución, los fines, la administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación de dichos ingresos, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. 

 

A través del SGR, se busca garantizar que los recursos generados por la explotación de bienes no renovables contribuyan al desarrollo económico y social de las regiones, promoviendo una inversión pública eficiente y equitativa en todo el territorio nacional. 

 

 

¿Cuál es la estructura regional del SGR?

 

 

Se entenderán como regiones las señaladas en el artículo 45 de la Ley 2056 de 2020; y el artículo 1.1.1 del Acuerdo 03 de 2021. 

 

Asimismo, Bogotá D.C, en el artículo 1.1.2. ibidem, dada su condición constitucional de Distrito Capital y su régimen especial, tendrá el tratamiento de Departamento, con excepción de los procedimientos y criterios de distribución para las Asignaciones Directas, en cuyo caso, de acuerdo con el artículo 67 de la Ley 2056 de 2020 tendrá tratamiento de municipio. 

 

 

¿Cuáles son las regiones del SGR?

 

 

Según el Artículo 45 de la Ley 2056 de 2020, las Regiones del Sistema General de Regalías son: 

 

Mapa regiones SGR

 

Mapa regiones SGR

 

 

 

 

¿Cuáles son las asignaciones del SGR?

 

Asignaciones SGR
Fuente: Tomada del Departamento Nacional de planeación -2025 - Distribución de recursos Sistema General de Regalías

 

El artículo 22 de la Ley 2056 de 2020 señala que los recursos del Sistema General de Regalías se administrarán a través de un sistema de manejo de cuentas, el cual estará conformado por las siguientes asignaciones, beneficiarios y conceptos de gasto de acuerdo con lo definido por los artículos 331 y 361 de la Constitución Política y la presente Ley, así: 

  

  • Asignaciones Directas (20%): Dirigidas a los departamentos y municipios donde se lleva a cabo la explotación de recursos naturales no renovables, así como a aquellos con puertos marítimos y fluviales utilizados para transportar dichos recursos o sus derivados. Además, los municipios productores reciben una participación adicional del 5%, que puede ser anticipada bajo ciertos criterios. 

  • Asignación para la Inversión Local (15%): Destinada a los municipios más pobres del país, con base en indicadores de necesidades básicas insatisfechas y población. De este porcentaje, al menos 2 puntos deben invertirse en proyectos con impacto ambiental y de desarrollo sostenible, lo cual se conoce como Asignación para la Inversión Local en Ambiente y Desarrollo Sostenible. 

  • Asignación para la Inversión Regional (34%): Orientada a financiar proyectos de inversión de los departamentos, municipios y distritos, promoviendo el desarrollo regional. 

A su vez, 6. La Asignación para la Inversión Regional que le corresponderá a cada departamento será el 60% del valor de su participación. La totalidad del ciclo de los proyectos que se financien con cargo a estos recursos estará en cabeza de los Departamentos.

La Asignación para la Inversión Regional que le corresponderá a cada una de las regiones será el resultado de agregar el 40% restante del valor de la participación de cada uno de los departamentos que integran cada región. 

 

  • Asignación Ambiental (1%): Dedicada a la conservación de áreas ambientales estratégicas y al combate de la deforestación en el país. 

  • Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación (10%): Apoya la inversión en estos sectores clave. De este total, mínimo 2 puntos deben destinarse a proyectos relacionados con el medio ambiente, conocidos como Asignación para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental. 

  • Asignación para Municipios Ribereños del Río Magdalena (0.5%): Se canaliza a través de Cormagdalena para financiar proyectos definidos en conjunto por autoridades locales y la Dirección Nacional de Planeación. 

  • Asignación para Funcionamiento y Administración del Sistema (2%): Cubre los costos operativos del SGR, la fiscalización de la exploración y explotación de yacimientos, cartografía geológica, licenciamiento ambiental y fomento a la exploración y producción. 

  • Asignación para Seguimiento, Evaluación y Control (1%): Se destina a garantizar la vigilancia del uso de los recursos del SGR; la mitad de estos fondos corresponde a la Contraloría General de la República. 

  • Asignación para Ahorro (remanente): El porcentaje restante se distribuye entre el Fondo de Ahorro y Estabilización (mínimo 50%) y el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, conforme a lo estipulado en el Plan de Recursos. 

 

 

¿Quienes integran el Sistema General de Regalías (SGR)?

Estructura orgánica

El SGR está integrado por:

  1. Comisión Rectora.
  2. Departamento Nacional de Planeación.
  3. Ministerio de Minas y Energía.
  4. Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  5. Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación –Colciencias.
  6. Órganos Colegiado de Administración y Decisión –OCAD.
  7. Banco de la República

¿Cuáles son las funciones de cada instancia que integra el SGR?

  1. Comisión Rectora: Consolida, asigna, administra y gira los recursos entre los beneficiarios, destinatarios y administradores del SGR. Elabora los estados financieros del SGR y formula el proyecto de presupuesto para su aprobación ante el congreso de la república. Define la política general del SGR y asegura su adecuado funcionamiento. Dicta mediante Acuerdos las regulaciones administrativas del Sistema. 
  • Está integrada por el director del DNP, el Ministro de Minas, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, dos Gobernadores, dos Alcaldes, un Senador y un Representante a la Cámara.
  • Define los procesos, lineamientos, metodologías y criterios de funcionamiento del SGR.
  • Propone cambios de política de los objetivos y funcionamiento del SGR.
  • Conceptúa de manera no vinculante sobre el proyecto de presupuesto y vigencias futuras.
  • Presenta al congreso los estados financieros, de resultados y demás del SGR.
  • Estudia los informes de evaluación del SGR.
  • Organiza y administra el Sistema Integrado de Información del SGR.

 

  1. DNP: Ejerce presidencia y la secretaría técnica de la Comisión Rectora y administra el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del SGR.
  • Propone a la Comisión Rectora la metodología de evaluación y seguimiento de los proyectos financiados con el Fondo de Compensación Regional y el Fondo de Desarrollo Regional.
  • Verifica que los proyectos financiados con recursos de los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Rectora para su aprobación por parte de los OCAD.
  • Administra el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del SGR.
  • Administra el Banco de Proyectos del SGR – SUIFP.

 

  1. Ministerio de Minas y Energía Suministra a través de la ANH (Agencia Nacional de Hidrocarburos) y la ANM (Agencia Nacional de Minería), las proyecciones de ingresos del SGR para la elaboración del Plan de Recursos.
  • Determina las asignaciones directas entre los beneficiarios del SGR.
  • Fiscaliza la exploración y explotación de los recursos naturales no renovables.

 

  1. Colciencias propone a la Comisión rectora la metodología de evaluación y seguimiento de los proyectos a financiarse a través del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación. A su vez, desempeña el papel de la Secretará Técnica del OCAD de dicho fondo.
  • Verificar que los proyectos a financiarse con el fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación cumplan con todos los requisitos establecidos por la Comisión Rectora para la aprobación de los OCAD.

 

  1. Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Define las políticas del SGR, Consolida, asigna, administra y gira los recursos del SGR, al tiempo que elabora los estados financieros del mismo.
  • Formula el proyecto de Presupuesto del SGR para concepto de la Comisión Rectora, y lo presenta con el Ministerio de Minas y Energía al Congreso de la República.

 

  1. OCAD: Los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) son los responsables de evaluar, viabilizar, aprobar y dar prioridad a los proyectos de inversión que serán financiados por el Sistema General de Regalías. Se les llama órganos colegiados porque cuentan con la participación de los tres niveles de gobierno: Nacional, Departamental y Municipal.

¿Cuál es la participación de Bogotá en estos fondos?

Bogotá D.C. tiene tratamiento de Departamento, dada su condición constitucional especial de Distrito Capital y participa en los Fondos de Desarrollo Regional –FDR, Ciencia, Tecnología e Innovación – FCTeI, asignaciones directas y asignaciones para la Paz.

 

¿Quienes integran el Sistema General de Regalías (SGR)?

Estructura orgánica

El SGR está integrado por:

 

a. Comisión Rectora.

b. Departamento Nacional de Planeación.

c. Ministerio de Minas y Energía.

d. Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

e. Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación –Colciencias.

f. Órganos Colegiado de Administración y Decisión –OCAD.

g. Banco de la República